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Cómo rastrear un seguro de vida

 Muchos asegurados omiten decirles a sus familiares que tienen un seguro de vida, en ocasiones porque así lo deciden y algunas otras veces porque ni siquiera saben que están asegurados, como es el caso de las pólizas que nos dan con algún producto o servicio.

En México no existe un sistema de avisos de las defunciones para las aseguradoras y por lo tanto las compañías de seguros no están ni obligadas ni en posibilidades de notificar a los beneficiarios de que tienen una póliza a su favor y que pueden cobrarla.

Por esta razón se creó en 2006 el Sistema de Información de Beneficiarios de Seguros de Vida (SIAB- Vida).  Quienes consideren que pudieran ser beneficiarios de un seguro de vida, debido a que uno de sus familiares haya fallecido recientemente, pueden acudir a la Condusef, hacer una solicitud y ésta la envía a la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, que la transmite a sus agremiados para que verifiquen en su sistema si hay una póliza a su favor y dan una respuesta en un máximo de 10 días hábiles.

De ser positiva, al beneficiario se le indica a qué aseguradora debe acudir, cuál es el número de póliza y la fecha de inicio de la vigencia para hacer la reclamación del seguro. Si la persona que solicita la búsqueda no es el beneficiario, sólo se le informa que no hay información.

Para solicitar una búsqueda es necesario contar con el acta de defunción del asegurado y documentos que avalen que hay una relación con el finado, pues por seguridad el sistema únicamente da informes respecto a seguros de personas fallecidas.

Para mayores informes, se puede llamar al 01 800 999 80 80, desde cualquier parte del país o al 53 400 999, para el Distrito Federal y zona metropolitana o mandar un correo electrónico a opinion@condusef.gob.mx. También existe una guía del SIAB- VIDA disponible en este link (LINK: http://www.condusef.gob.mx/index.php/instituciones-financieras/seguros/1234).

Es importante recordar que para que el seguro sea válido, entre otros aspectos, el asegurado debió haber estado al corriente en el pago de sus primas y que sus beneficiarios tienen un plazo límite para reclamarlo contando desde que se conoció el fallecimiento o la existencia del seguro a su favor, de acuerdo con la Ley Sobre el Contrato de Seguro.

Los consejos anteriores no constituyen asesoría legal. Ni MasterCard ni sus filiales, accionistas, subsidiarias, directores o empleados son responsables por el buen funcionamiento del SIAB – Vida o por la exactitud y vigencia del contenido en este documento.

 

 

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